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Infracciones360 es un servicio privado e independiente, sin pertenencia a organismos públicos. La información es de carácter informativo y depende de la disponibilidad de las fuentes oficiales consultadas; los reportes no reemplazan certificados oficiales.

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Inicio/Guías/Descuento por pago voluntario de multas de tránsito: cuánto y hasta cuándo

Descuento por pago voluntario de multas de tránsito: cuánto y hasta cuándo

El pago voluntario permite cancelar una multa de tránsito con una reducción si se paga dentro del plazo previsto. La Ley Nacional de Tránsito prevé hoy un 50% de reducción, pero el plazo, la base sobre la que se calcula y el procedimiento cambian según la jurisdicción. En esta guía repasamos qué dicen las normas oficiales de Nación, la Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, la Provincia de Buenos Aires y Santa Fe, y qué implica pagar.

Información verificada al 2026-09-14

En esta guía

  1. Qué es el pago voluntario de una multa de tránsito
  2. Qué dice la Ley Nacional de Tránsito (art. 85) y por qué hay cifras distintas
  3. Plazos y descuento por jurisdicción: CABA, Córdoba, Provincia de Buenos Aires y Santa Fe
  4. Qué implica pagar: reconocimiento de la falta y quita de puntos
  5. Cómo no perder el plazo del descuento
  6. Si no estás de acuerdo con la multa

Qué es el pago voluntario de una multa de tránsito

El pago voluntario es la posibilidad de pagar una multa de tránsito dentro de un plazo determinado y con una reducción sobre su valor. La Ley Nacional de Tránsito 24.449 lo regula en su artículo 85, que prevé la reducción cuando hay reconocimiento voluntario de una infracción a las normas de circulación en la vía pública.

Algunas leyes provinciales lo definen con sus propias palabras. La Ley de Tránsito de Córdoba, la 8560, dice en su artículo 5 que el pago voluntario es el que se hace dentro del plazo de la notificación. En la Provincia de Buenos Aires, la Ley 13.927 exige que la notificación informe el beneficio del pago voluntario.

Lo importante es que no hay una única regla para todo el país. La Ley 24.449 es nacional, pero cada provincia adhiere a ella en lo que no se oponga a sus normas o dicta su propia ley, y la Ciudad de Buenos Aires tiene un régimen propio. Por eso los porcentajes, los plazos y la base del descuento varían por jurisdicción, y siempre conviene leer la notificación o el portal del organismo que labró el acta.

infracciones360 es un servicio privado y no oficial que consulta fuentes oficiales por patente. Te puede ayudar a enterarte de una multa a tiempo para evaluar el pago voluntario, pero el importe final y el vencimiento válidos son los que informa cada organismo.

Qué dice la Ley Nacional de Tránsito (art. 85) y por qué hay cifras distintas

El texto vigente del artículo 85, inciso a, sustituido por el artículo 35 de la Ley 26.363, prevé una reducción del 50% para las infracciones a las normas de circulación en la vía pública cuando hay reconocimiento voluntario, y aclara que ese pago tiene los efectos de una sanción firme.

Si encontraste la cifra del 25%, no es un error de lectura. El texto original de la ley, de 1994, preveía una reducción del 25% y agregaba que, en las faltas graves, el pago tenía efectos de condena firme y solo podía usarse hasta dos veces por año. Ese texto fue reemplazado por la Ley 26.363.

La confusión sigue porque el Decreto 779/95, que reglamenta la ley, todavía dice que la reducción del 25% en el pago voluntario se aplica sobre el valor mínimo de la multa, y no se encontró una actualización de ese texto. Con el 50% vigente, sobre qué base exacta se calcula el descuento no está confirmado en una fuente oficial nacional, así que conviene verificarlo en la notificación o con el organismo.

El mismo artículo 85 prevé en sus incisos b y c el cobro por vía ejecutiva, con un certificado emitido por la autoridad de juzgamiento, y la posibilidad de pagar en cuotas para infractores de escasos recursos.

Para entender los montos también sirve el artículo 84, que fija el valor de las multas en Unidades Fijas. Por eso el valor en pesos de una misma multa cambia con el tiempo.

  • 1 Unidad Fija equivale al menor precio de venta de un litro de nafta especial.
  • Las multas van de 50 a 5.000 Unidades Fijas.
  • Los excesos de velocidad pueden llegar a 20.000 Unidades Fijas.

Plazos y descuento por jurisdicción: CABA, Córdoba, Provincia de Buenos Aires y Santa Fe

Ciudad de Buenos Aires. La Ley 1217 de procedimiento de faltas establece en su artículo 13 que la autoridad notifica dentro de los 60 días corridos. Desde la notificación hay 40 días corridos para pagar voluntariamente o para pedir la intervención de la Unidad Administrativa de Control de Faltas. Si pediste esa intervención y la falta se confirma, se paga el 75% del valor; si vencen los 40 días sin hacer nada, se paga el 100%. Las preguntas frecuentes oficiales aclaran que el pago con descuento se puede hacer hasta el vencimiento que figura en la citación y que no aplica cuando el estado de la infracción es Resolver en la UACF. El porcentaje del descuento que te corresponde figura en la citación y en la consulta oficial del Gobierno de la Ciudad.

Córdoba. La Ley 8560, en su artículo 5 según la Ley 9688, prevé para el pago voluntario una reducción del 50% del monto mínimo fijado en el Codificador de Infracciones. Para las actas de la Policía Caminera, Rentas Córdoba informa que el pago voluntario se hace dentro de los 10 días hábiles desde el labrado del acta, con un 50% de descuento. El pago online se acredita entre 24 y 72 horas hábiles, y el presencial entre 7 y 10 días hábiles.

Provincia de Buenos Aires. La Ley 13.927 exige que siempre se notifique con copia del acta y con el beneficio del pago voluntario, y que esa notificación se despache dentro de los 60 días hábiles de cometida la falta. Si vence el plazo sin pago, se emplaza a presentar descargo bajo apercibimiento de rebeldía. En el texto sistematizado de la ley no se encontró el porcentaje de descuento, así que el dato válido es el que figura en tu notificación o el que informa el juzgado de faltas.

Santa Fe. La Ley 13.133 prevé que la licencia retenida se restituye con el pago voluntario de la multa. El porcentaje de reducción no figura en la ley, por lo que conviene consultarlo con la autoridad que labró el acta.

  • CABA: 40 días corridos desde la notificación; vencido el plazo, se paga el 100%.
  • Córdoba, Policía Caminera: 10 días hábiles desde el labrado del acta, con 50% de descuento.
  • Provincia de Buenos Aires: el plazo que indique la notificación; el porcentaje, según el organismo.
  • Santa Fe: el porcentaje no figura en la Ley 13.133; consultalo con la autoridad que labró el acta.

Qué implica pagar: reconocimiento de la falta y quita de puntos

Pagar con descuento no es un trámite neutro. En la ley nacional, el pago voluntario implica reconocer la infracción y tiene los efectos de una sanción firme. Eso significa que, una vez pagada, la multa deja de estar en discusión.

En la Ciudad de Buenos Aires, la Ley 2148 prevé en su artículo 11.1.3 la quita automática de puntos de la licencia cuando se hace el pago voluntario, y exige que la persona sea informada antes de pagar. A la vez, el artículo 11.1.5 contempla que, cuando los puntos se descontaron por pago voluntario, un curso permite reasignar el 50% de los puntos descontados, con las excepciones que fija la propia ley.

Las sanciones firmes también tienen consecuencias en otros trámites. Para tramitar la Licencia Nacional de Conducir hay que pagar las infracciones con sentencia firme de las jurisdicciones adheridas al Sistema de Cobro Interjurisdiccional, según informa la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Por eso, antes de pagar, conviene revisar si la multa es correcta y decidir si querés discutirla, porque el pago voluntario implica reconocer la infracción.

Cómo no perder el plazo del descuento

Como los plazos son cortos y cuentan desde momentos distintos, lo que más ayuda es enterarse rápido de que existe una multa. En Córdoba el plazo de la Caminera corre desde el labrado del acta, y Rentas Córdoba informa que las actas aparecen en la consulta entre 24 y 72 horas hábiles después de labradas, así que parte del plazo puede pasar antes de que la veas.

En la Ciudad de Buenos Aires el plazo corre desde la notificación. Tené en cuenta además que, según las preguntas frecuentes oficiales, los pagos con boleta se acreditan a las 96 horas, por lo que no conviene dejar el pago para el último día.

Una forma de ordenarse es revisar periódicamente los portales oficiales de las jurisdicciones por donde circulás. infracciones360, como servicio privado y no oficial, consulta varias fuentes oficiales por patente y ofrece monitoreo con aviso por email en sus planes pagos. Si alguna fuente no responde, el resultado la muestra como no disponible, nunca como ausencia de deuda.

  • Anotá la fecha de labrado o de notificación que figura en el acta.
  • Confirmá en el portal oficial el vencimiento del pago con descuento.
  • Tené en cuenta los tiempos de acreditación de cada medio de pago.
  • Si pensás discutir la multa, decidilo antes de pagar.

Si no estás de acuerdo con la multa

Si creés que la multa tiene un error, el pago voluntario no es la única opción. Cada jurisdicción tiene su vía para presentar un descargo. En la Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, dentro de los 40 días corridos podés pedir la intervención de la Unidad Administrativa de Control de Faltas en lugar de pagar; si la falta se confirma, se paga el 75%, según el artículo 13 de la Ley 1217.

En la Provincia de Buenos Aires, vencido el plazo del pago voluntario sin pagar, la Ley 13.927 prevé el emplazamiento para presentar descargo. En otras jurisdicciones los pasos pueden ser distintos, así que revisá la notificación y el sitio del organismo.

Esta guía es información general basada en normas oficiales y no constituye asesoramiento legal personalizado. infracciones360 es un servicio privado y no oficial. Para evaluar tu caso, revisá la guía Cómo disputar una multa de infracciones360 y consultá al organismo de faltas que labró el acta o a un profesional.

Esta guía es informativa y no es asesoramiento legal. infracciones360 es un servicio privado e independiente, sin pertenencia a organismos públicos. Si querés reclamar una multa, mirá cómo disputar una multa y confirmá siempre el dato vigente con el organismo que la emitió.

Fuentes oficiales

  • Ley 24.449 de Tránsito, texto actualizado (InfoLEG)
  • Ley 24.449 de Tránsito, texto original (InfoLEG)
  • Decreto 779/95, Anexo 1 (InfoLEG)
  • Ley 1217 de la Ciudad de Buenos Aires (Juristeca, Poder Judicial CABA)
  • Preguntas frecuentes sobre infracciones (Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires)
  • Ley 2148 de la Ciudad de Buenos Aires, versión actualizada (argentina.gob.ar)
  • Licencia Nacional de Conducir: infracciones (ANSV, argentina.gob.ar)
  • Ley 13.927 de la Provincia de Buenos Aires, texto sistematizado (HCD PBA)
  • Ley 8560 de Tránsito de Córdoba, T.O. (Rentas Córdoba)
  • Multas de Policía Caminera (Rentas Córdoba)
  • Ley 13.133 de Santa Fe, adhesión y reservas (santafe.gov.ar)

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje de descuento prevé hoy la Ley Nacional de Tránsito por pago voluntario?

El artículo 85 de la Ley 24.449, con el texto de la Ley 26.363, prevé una reducción del 50% cuando se reconoce voluntariamente una infracción a las normas de circulación. El 25% que todavía aparece en algunos textos corresponde a la redacción original de la ley. Cada jurisdicción fija su propio procedimiento.

¿Cuántos días tengo para pagar con descuento una multa de la Policía Caminera de Córdoba?

Rentas Córdoba informa un plazo de 10 días hábiles contados desde el labrado del acta, con un descuento del 50%.

¿Qué pasa en la Ciudad de Buenos Aires si no pago dentro de los 40 días?

Según el artículo 13 de la Ley 1217, vencidos los 40 días corridos desde la notificación se paga el 100% de la multa. Si dentro de ese plazo pediste la intervención de la Unidad Administrativa de Control de Faltas y la falta se confirma, se paga el 75%.

¿Pagar con descuento tiene alguna consecuencia además del pago?

Sí. En la ley nacional el pago voluntario tiene los efectos de una sanción firme. En la Ciudad de Buenos Aires, además, la Ley 2148 prevé la quita automática de puntos de la licencia, y la persona debe ser informada antes de pagar.

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